Está dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los periodos vacacionales de Carnaval, Semana Santa, Verano y Navidad, así como los sábados del curso escolar, que no estén incluidos dentro de los periodos vacacionales anteriormente indicados ni correspondan a puentes, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

ABIERTO EL PLAZO DE CONCILIAMOS VERANO 2020

Beneficiarios/as

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para menores que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante los sábados y/o los períodos vacacionales de Carnaval, Semana Santa, Verano y Navidad, y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante los períodos de Carnaval, Semana Santa, Verano o Navidad.

– Padezcan enfermedad grave y/o deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

Características generales del programa

Los periodos de funcionamiento del programa son:

  • Semana Santa
  • Verano (excepto agosto y septiembre)
  • Navidad
  • Sábados laborales

Tendrá la consideración de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia, la comprendida entre las 10:00 horas y las 13:00 horas y serán franjas horarias de asistencia voluntaria, las siguientes:

a) De 7:45 a 9:00 horas.

b) De 9:00 a 10:00 horas.

c) De 13:00 a 14:00 horas.

d) De 14:00 a 15:15 horas

En contestación a la demanda de asistencia del COVID-19, el Programa de VERANO se amplia horarios y se introduce la oferta de comedor

Documentación

– Copia íntegra del libro de familia y/o en su caso, documentación relativa al acogimiento, tutela, u otras circunstancias. En su caso, acreditación de la condición de monoparentalidad cuando esta condición no aparezca reflejada en el libro de familia.

– Acreditación de la necesidad de conciliar

  1. Certificado de la empresa en la que presten sus servicios
  2. En el caso de trabajadores por cuenta propia, copia del resguardo del ingreso de la cuota de autónomo de como máximo, dos meses anteriores al inicio del período de funcionamiento del programa que se solicite.
  3.  En el supuesto de estar realizando un curso impulsado por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el desarrollo del programa en horario coincidente
  4.  Copia del grado de discapacidad de los ascendientes o descendientes a cargo de los progenitores o de  los solicitantes
  5.  Certificado de empadronamiento en algún municipio de Castilla y León del menor o menores para los que se solicita plaza y de, al menos, uno de los progenitores o representante legal.
  6.  Copia de la declaración del IRPF correspondiente al año anterior.

En el plazo de los tres días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas, todos los admitidos deberán confirmar la plaza adjudicada mediante el justificante que acredite haber efectuado el pago correspondiente.

La resolución de correspondiente se publica anualmente y en ella se concretan las fechas de duración de cada programa y los plazos de solicitud y de adjudicación de plazas.

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