La titularidad compartida está llamada a constituir un factor de cambio de las estructuras agrarias de modo que las mujeres del mundo rural gocen de una igualdad de derechos efectiva respecto de los hombres. Ello permitirá la supresión de barreras formales y sustantivas, así como la potenciación de ciertos valores en las mujeres del mundo rural, tales como la confianza, la igualdad y la no discriminación, la visibilidad y, por tanto el desarrollo sostenible.

¿Qué es la Titularidad Compartida?

Es una figura jurídica para las explotaciones agrarias que tiene como objetivo de promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico de su participación en la actividad agraria. Se trata  de una  unidad económica, sin personalidad jurídica y susceptible de imposición a efectos fiscales, que se constituye por un matrimonio o pareja unida por análoga relación de afectividad, para la gestión conjunta de la explotación agraria.

Requisitos para formar parte y solicitar una TC

  • Ambas personas están dadas de alta en la Seguridad Social (actividad agraria)
  • Ejercer la actividad agraria y trabajar en la explotación de forma directa y personal (según lo establecido en la Ley 19/1995)
  • Residir en el ámbito rural en el que radique la explotación (comarca o comarcas limítrofes)
  • Tener una cuenta bancaria asociada a la TC
  • Tener un número de identificación fiscal asignado por la Administración Tributaria para la TC.
  • Estar casado/a o formar una pareja de hecho o en defecto de lo anterior aseverar un vínculo de análoga relación de afectividad.

Beneficios de la titularidad compartida

  • Reducción durante 5 años del 30% de la cuota de la SS para el/la cónyuge de la TC, siempre y cuando no supere los 50 años.
  • Puntuación a mayores en ayudas/subvenciones con sistema de baremación y en concurrencia competitiva.
  • Puntuación a mayores para acceder a las actividades de formación y asesoramiento que se realizan a través del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.
  • Certificado de explotación prioritaria (siempre y cuando cumpla que Renta unitaria de trabajo de la explotación menor o igual que el 180% de la renta de referencia y que  uno de los dos miembros será agricultor profesional)
  • Posibilidad de acceder a una ayuda de Primera instalación y Plan de mejora de la Titularidad compartida cuando el cónyuge o pareja de hecho sea titular de la explotación.
  • Derechos laborales y sociales para las/los cónyuges que trabajan de forma activa en la explotación.